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Prórroga de las Bases mínimas de cotización (RDL 2/2021)

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El RDL 2/2021  disp.adic.5ª  establece el mantenimiento de las bases mínimas de cotización vigentes a 31-1- 2019,  hasta que se lleve a cabo la subida del SMI.

Bases aplicables hasta la subida del SMI

La LPG/2021 estableció que durante 2020 se mantendría el tope máximo de la base de cotización en 4.070,10 euros mensuales y las bases y los tipos de cotización vigentes. Respecto de las bases mínimas, el RDL 2/2020 disp adic.5ª establece que, hasta tanto se apruebe el real decreto por el que se fija el SMI para el año 2021 y de acuerdo con lo previsto en el ET art.27, las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social aplicables durante el año 2021 serán las vigentes el 31-12-2019.

Por tanto, las bases mínimas y máximas de cotización aplicables durante este periodo son las siguientes:

Grupo
cotiz.
Categorías profesionalesB. Mínima €/mesB. Máxima €/mes
CONTINGENCIAS COMUNES
1Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el ET art.1.3 .1.466,404.070,10
2Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados1.215,904.070,10
3Jefes Administrativos y de taller1.057,804.070,10
4Ayudantes no titulados1.050,004.070,10
5Oficiales administrativos1.050,004.070,10
6Subalternos1.050,004.070,10
7Auxiliares administrativos1.050,004.070,10
Cuantía diaria€/día€/día
8Oficiales de 1.ª y 2.ª35,00135,67
9Oficiales 3.ª y especialistas35,00135,67
10Peones35,00135,67
11Trabajadores menores de 18 años35,00135,67
Tope mínimo €/mesTope máximo hasta 31-7-18 €/mes€/mes
CONTINGENCIAS PROFESIONALES Y OTRAS1.050,004.070,10

Régimen general. Bases y topes de cotización años anteriores

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