A partir del 25-1-2022, se puede solicitar una ampliación del plazo de ejecución de las acciones formativas subvencionadas en el ámbito del Sistema de formación profesional para el empleo, en el caso de que se produzcan situaciones sobrevenidas y de carácter excepcional.
Ampliación del plazo de ejecución
Se modifica la OM TMS/368/2019 para flexibilizar la gestión y el desarrollo de los programas de formación en el ámbito del Sistema de formación profesional para el empleo, permitiendo solicitar una ampliación del plazo de ejecución de la actividad subvencionada en el caso de que se produzcan situaciones sobrevenidas y de carácter excepcional, especialmente por razones sanitarias, catástrofes naturales o cualesquiera otras de naturaleza análoga que imposibiliten la realización de la formación en las condiciones establecidas en la resolución de concesión.
La solicitud debe fundamentarse, mediante memoria justificativa, en circunstancias sobrevenidas tras la resolución y durante el plazo de ejecución de la actividad subvencionada. Además, debe formalizarse con carácter inmediato a su acaecimiento y, en todo caso, antes de que finalice el plazo de ejecución.
La resolución de la solicitud de modificación recae en el órgano concedente de la subvención, pudiendo autorizarse si no daña derechos de terceros y no afecta a la valoración técnica obtenida por la solicitud presentada por el beneficiario.
Fuente: LEFEBVRE
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