
El 31 de marzo finaliza el primer plazo para solicitar ante la TGSS el cambio de base de cotización en el RETA. Las nuevas bases elegidas, surtirán efectos a partir del 1 de abril.
Cambio de la base de cotización
Desde el 1-1-2018 el autónomo puede modificar la base de cotización por la que venga obligado a cotizar hasta 4 veces dentro del mismo año natural eligiendo otra entre los límites máximo y mínimo aplicables a cada ejercicio (anteriormente la posibilidad de cambiar la base se limitaba a 2 veces al año).
Ahora, las solicitudes se deben formular ante la TGSS, en los siguientes plazos:
– entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con efectos desde el 1 de abril;
– entre el 1 de abril y el 30 de junio, con efectos desde el 1 de julio;
– entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, con efectos desde el 1 de octubre;
– entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, con efectos desde el 1 de enero del año siguiente.
La solicitud se puede presentar en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, Administración de la misma (de forma presencial) o telemáticamente a través de la Sede Electrónica.
Esta posibilidad se aplica también a los trabajadores incluidos en RE del mar.
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