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MEDIDAS DE CONCILIACIÓN PARA AUTÓNOMOS (LEY 6/2017 art. 5 y 7, BOE 15-10-17)

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La Ley de medidas urgentes para los trabajadores autónomos establece una serie de medidas tanto destinadas a la mejora de la conciliación de la vida laboral y familiar como de la prestación a la maternidad.

Entre estas medidas se destacan las siguientes:

  1. Bonificaciones durante los descansos por paternidad y maternidad (L 6/2017 art.6)

Se modifica el LETA art.38 para establecer, que durante los descansos por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural con una duración de al menos 1 mes, se aplique a los autónomos​ ​una bonificación del 100% de la cuota. Esta cuota es la que resulta de aplicar a la base media de cotización del trabajador en los 12 meses anteriores el tipo de cotización obligatorio para trabajadores in​cluidos en  RETA, y si llevase menos de 12 meses en alta, la base media se calcula desde la fecha del alta.

A partir de 26-10-2017 desaparece la ​obligación de contratar a un trabajador desempleado mediante interinidad para obtener esta bonificación.

También se aplica a los trabajadores por cuenta propia del RE Mar.​​

  1. Ampliación de la tarifa plana (L 6/2017 art. 7)

Se introduce un nuevo artículo 38.bis en el LETA para implantar la tarifa reducida de cotización durante los 12 meses siguientes a la reincorporación, a las mujeres incluidas en RETA que habiendo cesado su actividad por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los 2 años siguientes al cese.

La cuantía de la bonificación se fija en 50 euros mensuales si optan por la base máxima o del 80%  sobre la cuota por contingencias comunes, siendo la cuota a bonificar la resultante de aplicar a la base mínima de cotización establecida con carácter general en el correspondiente régimen especial el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento, incluida la IT.

​     3. Exención de la cuota por cuidado de menores o dependientes (L 6/2017 art.5)

Se modifica el LETA art. 30  para fijar de 7 a 12 años la edad de los menores dependientes a su cargo para obtener una bonificación  del 100% de la cuota de autónomos durante los 12 meses siguientes a la fecha en la que se acoja a esa medida.

4. Modificaciones en la forma de ​cálculo de la prestación por maternidad y paternidad (L 6/2017 disp.final 4ª)

Se modifica la regulación de las prestaciones por maternidad y paternidad en RETA (LGSS art. 318) para establecer que consistirá en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora diaria, resultado de dividir la suma de las bases de cotización de los 6 meses inmediatamente anteriores entre 180.​ Si no se ha permanecido en alta durante esos 6 meses, la base reguladora se divide entre el número de días en alta. Esta nueva forma de cálculo entrará en vigor el 1-3-2018.

Hasta el 28-2-2018, la base reguladora de estas prestaciones continúa siendo la de la IT derivada de contingencias comunes, es decir, la base del mes anterior entre el número de días a que la cotización se refiere.​

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