Inicio >> Noticias >> La Dirección General de Trabajo publica la relación de fiestas laborales para el año 2019

La Dirección General de Trabajo publica la relación de fiestas laborales para el año 2019

Posted on

MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL. Resolución de 16 de octubre de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2019. BOE 20/10/2018.

Se dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de fiestas laborales para el año 2019 de ámbito nacional, de Comunidad Autónoma y de las Ciudades de Ceuta y Melilla que figuran como anexo a esta Resolución.

El ET establece 14 días al año como periodos de descanso retribuidos y no recuperables (ET art.37).

En cualquier caso deben respetarse como fiestas de ámbito nacional: el 1 de enero (Año Nuevo), el 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), el 12 de octubre (Fiesta Nacional de España) y el 25 de diciembre (Natividad del Señor). Junto con estas fiestas se fijan cada año, los festivos nacionales no sustituibles.

En la fijación de las fiestas laborales para el año 2019​, las CCAA deben respetar las siguientes fiestas nacionales no sustituibles:

– 1 de enero: Año nuevo;

– 30 de marzo: Viernes Santo;

– 1 de mayo: Fiesta del Trabajo;

– 15 de agosto: Asunción de la virgen;

– 12 de octubre: Fiesta Nacional de España;

– 1 de noviembre: Todos los Santos;

– 6 de diciembre: día de la Constitución Española;

– 8 de diciembre: la Inmaculada Concepción;

– 25 de diciembre: Natividad del Señor

Las CCAA fijan otros 4 festivos, bien adoptando festivos nacionales sustituibles, bien fijando las que, por tradición les son propias. Además, pueden trasladar al lunes los festivos que coincidan en domingo.

El calendario de fiestas laborales se completa con los 2 festivos locales que se publican en el boletín oficial de la correspondiente provincia o comunidad autónoma.

 Calendario laboral 2019

​Fiestas Nac​ionales
– 1 de enero: Año nuevo;

– 18 de abril: Viernes Santo;

– 1 de mayo: Fiesta del Trabajo;

– 15 de agosto: Asunción de la virgen;

– 12 de octubre: Fiesta Nacional de España;

– 1 de noviembre: Todos los Santos;

– 6 de diciembre: día de la Constitución Española;

– 25 de diciembre: Natividad del Señor.

Fiestas au​tonómicas  ​
Andalucía    7 de enero, Lunes siguiente a la Epifanía del Señor; 28 de febrero, Día de Andalucía;  18 de abril, Jueves Santo; 9 de diciembre, Lunes siguiente a la Inmaculada Concepción.
Aragón  7 de enero, Lunes siguiente a la Epifanía del Señor​; 18 de abril, Jueves Santo; 23 de abril, San Jorge, Dia de Aragón.
Asturias  7 de enero, Lunes siguiente a la Epifanía del Señor; 18 de abril, Jueves Santo; 9 de septiembre, Lunes siguiente al Día de Asturias; 9 de diciembre, Lunes siguiente a la Inmaculada Concepción.
Canarias  7 de enero, Lunes siguiente a la Epifanía del Señor; 18 de abril, , Jueves Santo; 30 de mayo, Día de Canarias.

Además:

-El Hierro: el 24 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes;

– Fuerteventura: el 20 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña;

– Gran Canaria: el 9 de septiembre, Lunes posterior a la festividad de Nuestra Señora del Pino;

– La Gomera: el 7 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe;

– La Palma: 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de las Nieves;

– Lanzarote: el 16 de septiembre, Lunes posterior a la festividad de Nuestra Señora de los Dolores;

– Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de Candelaria.

Cantabria  18 de abril, Jueves Santo; 22 de abril, Lunes de Pascua; 25 de julio, Santiago Apostol; 9 de diciembre, Lunes siguiente a la Inmaculada Concepción.
Castilla-La Mancha  18 de abril, Jueves Santo; 22 de abril, Lunes de Pascua; 20 de mayo, Corpus Christi; 31 de mayo, Día de Castilla-La Mancha.
Castilla y León 7 de enero, Lunes siguiente a la Epifanía del Señor; 18 de abril, Jueves Santo; 23 de abril, Día de Castilla León; 9 de diciembre, Lunes siguiente a la Inmaculada Concepción.​
Cataluña (1)  22 de abril, Lunes de Pascua; 24 de junio, San Juan; 11 de septiembre, Fiesta Nacional de Cataluña; 26 de diciembre, San Esteban.
Comunidad Valenciana  19 de marzo, San José; 22 de abril, Lunes de Pascua; 24 de junio, San Juan; 9 de octubre, Día de la Comunitat Valenciana.
Extremadura 7 de enero, Lunes siguiente a la Epifanía del Señor; 18 de abril, Jueves Santo; 9 de septiembre, Lunes siguiente al Día de Extremadura; 9 de diciembre, Lunes siguiente a la Inmaculada Concepción.​
Galicia 18 de abril, Jueves Santo; 17 de mayo, Día de Las Letras Gallegas; 25 de julio, Día Nacional de Galicia.
Illes Balears  1 de marzo, Día de las Illes Balears; 18 de abril, Jueves Santo; 22 de abril, Lunes de Pascua; 26 de diciembre, San Esteban.
La Rioja  18 de abril, Jueves Santo; 22 de abril, Lunes de Pascua; 10 de junio, Día de La Rioja;  9 de diciembre, Lunes siguiente a la Inmaculada Concepción.​
Madrid  7 de enero, Lunes siguiente a la Epifanía del Señor; 18 de abril, Jueves Santo; 2 de mayo, Fiesta de la Comunidad de Madrid;  9 de diciembre, Lunes siguiente a la Inmaculada Concepción.​​
Murcia  7 de enero, Lunes siguiente a la Epifanía del Señor; 19 de marzo, San José​; 18 de abril, Jueves Santo; 10 de junio, Día de la Región de Murcia.
Navarra  7 de enero, Lunes siguiente a la Epifanía del Señor; 19 de marzo, San José​; 18 de abril, Jueves Santo; 22 de abril, Lunes de Pascua.
País Vasco  19 de marzo, San José​; 18 de abril, Jueves Santo; 22 de abril, Lunes de Pascua; 25 de julio, Santiago Apostol.
C.A. Ceuta  7 de enero, Lunes siguiente a la Epifanía del Señor; 18 de abril, Jueves Santo; 12 de agosto, Festividad de la Pascua del Sacrificio Eidul Adha; 2 de septiembre, Día de Ceuta.
C.A. Melilla  7 de enero, Lunes siguiente a la Epifanía del Señor; 18 de abril, Jueves Santo; 12 de agosto, Fiesta del Sacrificio (Aid El Kebir).
​(1) ​En el territorio de Arán la fiesta 26 de diciembre (San Esteban) se sustituye por el 17 de junio (F​iesta de Arán).

COMUNIDAD VALENCIANA

DECRETO 108/2018, de 27 de julio, de la Comunitat Valenciana, del Consell, por el que se determina el calendario laboral de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana para el año 2019. (DOGV de 2 de agosto de 2018)

Se declaran, dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, días inhábiles, a efectos laborales retribuidos y no recuperables, las fechas que a continuación se indica: (1)
  • 1 de enero Año Nuevo
  • 19 de marzo San José
  • 19 de abril Viernes Santo
  • 22 de abril Lunes de Pascua
  • 1 de mayo Fiesta del Trabajo
  • 24 de junio San Juan
  • 15 de agosto Asunción de la Virgen
  • 9 de octubre Día de la Comunitat Valenciana
  • 12 de octubre Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre Todos los Santos
  • 6 de diciembre Día de la Constitución Española
  • 25 de diciembre Natividad del Señor
—————————————————
(1) Además de las doce fiestas relacionadas, se celebrarán en cada municipio dos fiestas locales

CATALUÑA

ORDEN TSF/134/2018, de 30 de julio, de la Comunidad Autónoma de Cataluña, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2019.

a) Son fiestas laborales en Cataluña durante el año 2019 las siguientes: (1)
  • 1 de enero (Año Nuevo).
  • 19 de abril (Viernes Santo).
  • 22 de abril (lunes de Pascua Florida).
  • 1 de mayo (Fiesta del Trabajo).
  • 24 de junio (San Juan).
  • 15 de agosto (la Asunción).
  • 11 de septiembre (Día Nacional de Cataluña).
  • 12 de octubre (Fiesta Nacional de España).
  • 1 de noviembre (Todos los Santos).
  • 6 de diciembre (Día de la Constitución).
  • 25 de diciembre (Navidad).
  • 26 de diciembre (San Esteban).
b) En el territorio de Aran, de acuerdo con el Decreto 152/1997, de 25 de junio, y el Decreto 146/1998, de 23 de junio, que modifican el Decreto 177/1980, de 3 de octubre, sobre el calendario de fiestas fijas y suplentes, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda substituida por la de 17 de junio (Fiesta de Aran)
—————————————————
(1) Además de las doce fiestas relacionadas, se celebrarán en cada municipio dos fiestas locales

COMUNIDAD DE MADRID

DECRETO 141/2018, de 25 de septiembre, de la Comunidad de Madrid, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen las fiestas laborales para el año 2019 en la Comunidad de Madrid.

Fiestas laborales de la Comunidad de Madrid para el año 2019. (1)
  • 1 de enero (martes), Año Nuevo.
  • 7 de enero (lunes), traslado de la Epifanía del Señor.
  • 18 de abril, Jueves Santo.
  • 19 de abril, Viernes Santo.
  • 1 de mayo (miércoles), Fiesta del Trabajo.
  • 2 de mayo (jueves), Fiesta de la Comunidad de Madrid.
  • 15 de agosto (jueves), Asunción de la Virgen.
  • 12 de octubre (sábado), Fiesta de la Hispanidad.
  • 1 de noviembre (viernes), Todos los Santos.
  • 6 de diciembre (viernes), Constitución Española.
  • 9 de diciembre (lunes), traslado de la Inmaculada Concepción.
  • 25 de diciembre (miércoles), Natividad del Señor.
    —————————————————
    (1) Además de las doce fiestas relacionadas, se celebrarán en cada municipio dos fiestas locales.

BALEARES

ACUERDO de 16 de marzo de 2018, de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el calendario de fiestas para el año 2019 en el ámbito de las Illes Balears.

Aprobar, de conformidad con lo dispuesto en la normativa estatal y autonómica vigente, el calendario de los días festivos para el año 2019 en el ámbito de las Illes Balears, que son los que se relacionan a continuación: (1)
  • 1 de enero Año Nuevo – Martes
  • 1 de marzo Día de las Illes Balears – Viernes
  • 18 de abril Jueves Santo – Jueves
  • 19 de abril Viernes Santo – Viernes
  • 22 de abril Lunes de Pascua – Lunes
  • 1 de mayo Fiesta del Trabajo – Miércoles
  • 15 de agosto Asunción de María – Jueves
  • 12 de octubre Fiesta Nacional – Sábado
  • 1 de noviembre Día de Todos los Santos – Viernes
  • 6 de diciembre Día de la Constitución – Viernes
  • 25 de diciembre Día de Navidad – Miércoles
  • 26 de diciembre Segunda fiesta de Navidad  – Jueves
—————————————————
(1) Además de las doce fiestas relacionadas, se celebrarán en cada municipio dos fiestas locales

CANARIAS

DECRETO 99/2018, de 2 de julio, de la Comunidad Autónoma de Canarias, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2019, y se abre plazo para fijar las fiestas locales.

1.En aplicación de la legislación del Estado, tendrán durante el año 2019 la consideración de días inhábiles a efectos laborales en la Comunidad Autónoma de Canarias, de carácter retribuido y no recuperable, todos los domingos del año y, asimismo, los siguientes días festivos: (1)
  • 1 de enero, Año Nuevo.
  • 7 de enero, descanso laboral correspondiente al día 6 de enero, Epifanía del Señor.
  • 18 de abril, Jueves Santo.
  • 19 de abril, Viernes Santo.
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
  • 30 de mayo, Festividad del Día de Canarias.
  • 15 de Agosto, Asunción de la Virgen.
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre, Todos los Santos.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • 25 de diciembre, Natividaddel Señor.
2. En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes:
  • En El Hierro: el 24 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes.
  • En Fuerteventura: el 20 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña.
  • En Gran Canaria: el 9 de septiembre, lunes posterior a la festividad de Nuestra Señora del Pino.
  • En La Gomera: el 7 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe.
  • En La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves.
  • En Lanzarote: el 16 de septiembre, lunes posterior a la festividad de Nuestra Señora de los Dolores.
  • En Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de Candelaria.
—————————————————
(1) Además de las doce fiestas relacionadas, se celebrarán en cada municipio dos fiestas locales

ANDALUCIA

DECRETO 96/2018, de 22 de mayo, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el que se determina el Calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019.

Calendario de fiestas laborales para Andalucía 2019: (1)
  • 1 de enero (martes)
  • 7 de enero (lunes)
  • 28 de febrero (jueves)
  • 18 de abril (jueves)
  • 19 de abril (viernes)
  • 1 de mayo (miércoles)
  • 15 de agosto (jueves)
  • 12 de octubre (sábado)
  • 1 de noviembre (viernes)
  • 6 de diciembre (viernes)
  • 9 de diciembre (lunes)
  • 25 de diciembre (miércoles)
—————————————————
(1) Además de las doce fiestas relacionadas, se celebrarán en cada municipio dos fiestas locales

 

Top

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies