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Finaliza el plazo para solicitar el cambio de base de cotización en RETA (hasta 31 de octubre)

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cambio-de-basesEl 31 de octubre finaliza el plazo para solicitar ante la TGSS el cambio de base de cotización en el RETA con efectos a partir del 1 de enero.

Orden de 24 de septiembre de 1970 por la que se dictan normas para aplicación y desarrollo del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos . BOE, de 30 septiembre 1970 Ref Boletín: 70/01066

Los trabajadores autónomos pueden solicitar el cambio de la base de cotización por la que vengan obligados a cotizar 2 veces al año, eligiendo otra entre los límites máximo y mínimo aplicables a cada ejercicio.

Estimación del coste mensual que le supondrá su cotización en función de las contingencias que desee proteger:

Contingencias protegidas Base de cotización (1)
Mínima (2) 1.000 2.500 Máxima (2)
Comunes (29,90%) 267 299 747 1.089
Accidentes (30,65%) (3) 274 306 766 1.116
Paro de autónomos (31,6%) 282 316 790 1.151
Accidentes y paro (32,85%) (4) 293 328 821 1.196

1. Si tiene 47 o más años, verifique junto con su asesor qué base podrá elegir.

2. La base mínima en 2016 es de 893,10 euros, y la máxima de 3.642 euros.

3. Considerando un tipo de accidentes del 1,35% (actividades jurídicas).

Solicitud.

Las solicitudes se deben formular ante la TGSS, en los siguientes plazos:

– antes del día 1 de mayo, con efectos desde el 1 de julio siguiente;

– antes del 1 de noviembre, con efectos del 1 de enero del año siguiente.

La solicitud se puede presentar en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, Administración de la misma (de forma presencial) o telemáticamente a través de la Sede Electrónica >  accediendo a: Empresas / Afiliación e Inscripción / Cambio de base de cotización – autónomos .

Si quiere cambiar su base de cotización, efectúe el trámite de forma telemática antes del 1 de noviembre, o póngase en contacto con nosotros,  para que surta efectos en enero de 2017.

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