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ERTEs: el MTES aclara cómo solicitar la prestación por desempleo de los trabajadores afectados

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Prestaciones por desempleo. Tramitación

El SEPE advierte en su página web que las personas afectadas por ERTEs no tienen que presentar solicitud de prestación por desempleo.

Cuando esté aprobado el ERTE,  la solicitud deben realizarla las empresas.

Las reglas a tener e cuenta en el procedimiento son las siguientes:

1. La empresa debe cumplimentar la solicitud colectiva con información relativa a: la empresa a persona representante de la misma y las personas afectadas por la suspensión o reducción de jornada, así como los datos necesarios para el reconocimiento de las prestaciones (Ver solicitud).

2. La empresa debe remitir un formulario por cada centro de trabajo afectado. El formulario Excel contiene dos pestañas. En la primera están las instrucciones de cumplimentación. En la segunda, los datos a cumplimentar. Puede añadir tantos trabajadores como sea necesario en la parte inferior de la hoja.

3. Solo ha de incluir los trabajadores en activo en la fecha de la suspensión o reducción de jornada. No se incluye a los que estén en IT, maternidad, paternidad, excedencia.

4. El nombre del fichero Excel será el Código Cuenta Cotización del centro de trabajo, con sus 16 dígitos

5. El archivo Excel de solicitud colectiva se remite:

-a través del registro electrónico común de las administraciones públicas a la Dirección Provincial del SEPE en la provincia donde se ubique el centro de trabajo (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do); o

–  mediante otras formas de remisión, como el correo electrónico, y otros modelos de remisión de datos, siempre que se garantice la seguridad de las comunicaciones y se facilite toda la información necesaria (por acuerdo entre Dirección Provincial del SEPE y la empresa).

6. Posteriormente debe que remitir urgentemente el certificado de empresa de cada uno de los trabajadores, a través de certific@2, como habitualmente (https://sede.sepe.gob.es/portalSedeEstaticos/flows/gestorContenidos?page=index_certificado).

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