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Entra en vigor el incremento la cuantía de las sanciones laborales

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El 1-10-2021 entra en vigor la modificación del art.40 de la LISOS para incrementar la cuantía de las sanciones a las infracciones sociales. No obstante, las infracciones cometidas con anterioridad se sancionarán conforme a las cuantías sancionatorias vigentes hasta ahora.

Nueva cuantía de las sanciones sociales

La L 10/2021 sobre teletrabajo, publicada en el BOE de 10-7-2021, modificó el art.40 de la LISOS para incrementar la cuantía de las sanciones sociales. Las nuevas cuantías entran en vigor el 1-10-2021. En cuanto que se trata de una norma sancionadora, las infracciones cometidas con anterioridad a su entrada en vigor se sancionarán conforme a las cuantías sancionatorias previstas en la fecha de comisión. Las nuevas cuantías son las siguientes:

a) Sanciones en materia de relaciones laborales y empleo, seguridad social, emigración, movimientos migratorios y trabajo de extranjeros

Asimismo, las infracciones graves de la LISOS art.22.2, 22.7 a) y 22.16 se sancionarán con la multa siguiente:

  • En grado mínimo, de 3.750 a 7.500 euros (antes de de 3.126 a 6.250 euros).
  • En su grado medio, de 7.501 a 9.600 euros (antes de 6.251 a 8.000 euros).
  • En su grado máximo, de 9.601 a 12.000 euros (antes de 8.001 a 10.000 euros).

La infracción muy grave de la LISOS art. 23.1 a se sancionará con la multa siguiente:

  • En grado mínimo, de 12.001 a 30.000 euros (antes de 10.001 a 25.000 euros).
  • En su grado medio, de 30.001 a 120.005 euros (antes de de 25.001 a 100.005 euros).
  • En su grado máximo, de 120.006 a 225.018 euros (antes de de 100.006 a 187.515 euros).

Cuando con ocasión de una misma actuación de inspección se detecten varias infracciones de las contempladas en este apartado, la sanción que en su caso se proponga para cada una de ellas puede incrementarse en función del número de trabajadores, beneficiarios y solicitantes (2, 3, 4 o 5 o más) sin que pueda exceder, desde el 1-10-2021, de 12.000 euros (antes 10.000) en las infracciones del art.22.2 de la LISOS y de 225.018 euros (antes 187.515) si se trata de las infracciones del art.23.1.a de la LISOS.

b) Sanciones en materia de prevención de riesgos laborales

c) Sanciones en materia de cooperativas

Aumenta el importe de las multas

Irretroactividad. Recientemente se han modificado las sanciones aplicables en el ámbito laboral, que se incrementan en un 20% a partir del 1 de octubre de 2021. ¡Atención! Tenga en cuenta:

  • Las infracciones cometidas antes de dicha fecha se sancionarán conforme a las cuantías vigentes en la actualidad.
  • Para las infracciones cometidas a partir del 1 de octubre de 2021, las multas pasan a ser las siguientes:

Incremento de las sanciones

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