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El MTES publica una guía práctica del trabajo transfronterizo entre España y Portugal

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Convenio colectivo, Viajes, Seguridad Social, Incapacidad Temporal, Jubilación, Cotización, Desempleo, ITSS

Los Gobiernos de España y Portugal han firmado una guía práctica para resolver las dudas que afectan a miles de personas trabajadoras a lo largo de la frontera compartida. El documento recoge los derechos y servicios a los que pueden acceder las personas trabajadoras a ambos lados de la frontera.

Contenido guía práctica

Los Gobiernos de España y Portugal han firmado la guía práctica del trabajo transfronterizo entre España y Portugal. Se presenta un documento útil, que presenta de forma sencilla los derechos y los servicios a los que pueden acceder los trabajadores transfronterizos de España y Portugal, así como los derechos que les otorgan  los marcos jurídicos nacionales y el marco común de la legislación de la Unión Europea.

Su contenido se divide en los siguientes apartados:

1. Definición de trabajador transfronterizo, como aquella persona que ejerce una actividad por cuenta ajena o por cuenta propia en el territorio de un Estado miembro diferente de aquel en el que reside, regresando a este último todos los días o por lo menos una vez por semana. Por tanto. Puede ser por cuenta propia o ajena, siendo indiferente la nacionalidad de la persona trabajdora (española, portuguesa, comunitaria o de un país que no sea parte de la UE o del EEE).

2. Documentación. Las personas que realizan trabajo fronterizo que residan en Portugal y que trabajen en España deben proveerse de un NIE, que acredite su situación en España. Para ello, pueden solicitar una Tarjeta de Identidad de Extranjero en una comisaría de policía o en una oficina de extranjería. También pueden hacerlo en los Consulados Generales de España en Portugal, bien en Oporto o en Lisboa. Quienes residan en España y trabajen en Portugal deben solicitar el número de identificación fiscal (NIF), asignado por la Autoridad Tributaria y Aduanera (AT). El ciudadano residente en España que desee obtener el NIF, o número de contribuyente portugués, puede solicitarlo en cualquier «Oficina de la Autoridad Tributaria» u «Oficina de Atención al Ciudadano» presentando su documento nacional de identidad (DNI) y prueba de residencia en Europa, en este caso en España.

3. Todos los ciudadanos de la UE disfrutan de libertad de circulación, en consecuencia, los trabajadores fronterizos que residan en Portugal pueden entrar y salir de España, desplazarse, trabajar en cualquier empresa situada en España y recibir en virtud de ese trabajo el mismo trato que los trabajadores españoles. Lo mismo puede predicarse de los trabajadores que residen en España.

4. Las personas físicas o jurídicas que están establecidas en cualquier Estado miembro de la UE disfrutan de libertad de prestación de servicios y, por tanto, pueden ejercer su actividad profesional en cualquier Estado miembro de la UE sin necesidad de contar en él con un establecimiento. En consecuencia, cualquier persona que trabaje por cuenta propia y resida en Portugal puede prestar servicios en España. En paralelo, cualquier persona que trabaje por cuenta propia y resida en España puede prestar servicios en Portugal.

5. En el caso de una profesión regulada en Portugal, es necesario seguir el procedimiento de reconocimiento de cualificaciones profesionales. Determinadas profesiones pueden reconocerse a través del procedimiento electrónico tarjeta profesional europea (CPE). Para el ejercicio en España es necesario estar en posesión de determinadas cualificaciones profesionales. El procedimiento varía según desee establecerse en España o únicamente desee prestar servicios de forma temporal en España, bastará con hacer una declaración previa por escrito. No obstante, si la profesión tiene implicaciones serias para la salud o la seguridad pública, se podrá hacer una verificación previa de las cualificaciones profesionales.

6. La libre circulación de trabajadores implica la posibilidad de cualquier trabajador de buscar trabajo en otro país. A tal efecto, se ha creado la RED EURES, existiendo tres asociaciones regionales de EURES que ofrecen servicios a las empresas y a los trabajadores fronterizos: Galicia-Norte de Portugal, Andalucía-Algarve y Extremadura-Alentejo.

7. Las condiciones de trabajo entre una empresa con un centro de trabajo radicado en España y un trabajador o trabajadora portugueses se rigen, en principio, por la ley libremente elegida por las partes del contrato. No obstante, el trabajador fronterizo que trabaja en España tendrá, como mínimo, los derechos establecidos en las normas laborales españolas y en el convenio colectivo que resulte de aplicación en el lugar habitual de prestación de servicios. Si los trabajadores fronterizos residen en España y trabajan en Portugal, su contrato se regulará por la ley portuguesa. Así, a los trabajadores residentes en España que trabajan en Portugal, se aplicarán como mínimo las normas relativas a la duración del tiempo de trabajo, los períodos de descanso, las vacaciones y las relativas a la seguridad y la salud en el trabajo.

8. Seguridad Social. Las personas que realizan trabajo fronterizo se rigen por la legislación de Seguridad Social del Estado en el que trabajan. Ello supone aplicar la regla general establecida en materia de Seguridad Social en la normativa comunitaria.

9. Asistencia sanitaria. El trabajador fronterizo que trabaja en España y sus familiares que residen en Portugal tendrán derecho a la asistencia médica en Portugal a través del servicio nacional de salud. Asimismo, el trabajador fronterizo que trabaja en España y sus familiares que residen en Portugal, tendrán derecho a asistencia sanitaria en sus estancias en España presentando su tarjeta sanitaria europea (TSE).

10. IT por Accidente laboral. Cuando un trabajador fronterizo que reside en Portugal y trabaja en España no puede trabajar como consecuencia de un accidente no laboral o de una enfermedad común debe tramitarse una baja por incapacidad temporal. Esta baja puede tramitarse en España o en Portugal. Igualmente, cuando el trabajador trabaje en Portugal y resida en España, la baja se puede solicitar en Portugal o España.

11. Accidente de trabajo. Cuando un trabajador fronterizo que reside en Portugal y trabaja en España sufre un accidente de trabajo, la declaración o notificación del mismo debe realizarse de acuerdo con lo dispuesto en la normativa española. Cuando el trabajador resida en España y trabaje en Portugal, los empleadores están obligados a transferir la responsabilidad de la reparación de los accidentes de trabajo a las entidades aseguradoras. Esta obligación se aplica también al empresario que contrata trabajadores únicamente para trabajar en otras empresas.

12.Maternidad y paternidad. En caso de nacimiento y cuidado de menor, un ciudadano o una ciudadana residente en Portugal y que trabaja por cuenta propia o ajena en España, y por tanto cotiza en España, tiene derecho a recibir tanta asistencia sanitaria como una prestación económica. Respecto de la maternidad, una ciudadana residente en España que trabaje en Portugal tiene derecho a asistencia médica (prestación en especie) en España, a cargo de Portugal. En lo que respecta al subsidio parental, la solicitud, así como la documentación indicada en la misma, debe presentarse a la Seguridad Social portuguesa. En caso de que el padre (o segundo progenitor) resida en España y trabaje por cuenta ajena en Portugal, tiene derecho a percibir el subsidio parental de la Seguridad Social portuguesa.

13. Jubilación. Como regla general, se presenta en la institución del lugar de su residencia o en la del Estado a cuya legislación haya estado sujeto en último lugar. Se puede presentar ante la Seguridad Social española a través de la página web de la Seguridad Social o en los centros de Atención e información de la Seguridad Social (CAISS) y ante la Seguridad Social portuguesa en los servicios de atención del Centro Distrital de Seguridad Social en la zona de residencia del beneficiario o en el Centro Nacional de Pensiones.

14. Desempleo. Se regulan los supuestos según el tipo de desempleo (total o parcial) y el lugar de residencia y de trabajo (España o Portugal). Asimismo, se detalla la tramitación y la documentación necesaria para la solicitud de las prestaciones.

15. Se establecen las funciones de la ITSS respecto de los trabajadores fronterizos. Así, el trabajador fronterizo que preste servicios en España, en caso de que su empresario incumpla la legislación española aplicable, puede presentar una denuncia ante los servicios de la ITSS. En caso de trabajadores que residen en España y trabajan en Portugal, la inspección se llega a cabo por la Autoridad para las Condiciones de Trabajo (ACT). La guía recuerda los procedimiento para efectuar denuncias ante la ITSS española y ante la ACT portuguesa.

Fuente: LEFEBVRE

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