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Convocatoria pública de subvenciones en la ciudad de Madrid

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Se celebra la convocatoria pública de subvenciones para el año 2021 para el fomento de la contratación de personas desempleadas o demandantes de empleo en la ciudad de Madrid, dirigidas a autónomos y empresas de menos de 50 trabajadores/as.

Recuperación del empleo y del desarrollo socioeconómico

Dicha convocatoria tiene como objetivo apoyar la recuperación del empleo y del desarrollo socioeconómico después de la emergencia de salud pública ocasionada por la Covid-19. Se pretende fomentar el empleo mediante la articulación de un programa especial de ayudas para facilitar la incorporación al trabajo de personas desempleadas o demandantes de empleo. Para propiciar dicho objetivo, se concederán ayudas a la contratación consistentes en una cantidad económica por cada contratación a jornada completa o parcial, se aplicará una modificación contractual con un incremento de jornada o renovación del contrato laboral, y se incluirá el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE.

Podrán participar en dicha convocatoria autónomos y empresas de menos de 50 trabajadores cualquiera que sea su forma jurídica, cuyo domicilio social o centro de trabajo esté ubicado en la ciudad de Madrid y mientras reúnan los requisitos.

Estas ayudas serán incompatibles con cualquier otra que tenga la misma naturaleza y este dirigida a la misma contratación, modificación o incorporación de un ERTE. 

Acciones subvencionables y personas destinatarias:

  • Los destinatarios serán personas empadronadas en la ciudad de Madrid, desempleadas o demandantes de empleo inscritas en la oficina de empleo de la Comunidad de Madrid.
  • Cada entidad podrá presentar un máximo de 3 solicitudes de subvención para una nueva contratación, una modificación contractual con incremento de jornada laboral o una renovación de contrato. A estos efectos se tendrán en cuenta las contrataciones, modificaciones o renovaciones efectuadas desde el 21 de junio de 2020.

Las solicitudes presentadas resultaran subvencionables con una ayuda máxima según la modalidad contractual solicitada. Para las nuevas contrataciones realizadas, se aplicará una modificación contractual con incremento de jornada laboral o renovación del contrato laboral, incluyendo el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE, con una duración mínima de 6 meses.

Las cuantías serán las siguientes:

  • 3.000€ si la modalidad de la contratación es a jornada completa.
  • 1.450€ si la modalidad de la contratación es a jornada parcial, siempre que la misma sea igual o superior a 20 horas semanales.

La duración mínima de la contratación, renovación o modificación con incremento de jornada laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE, será de 6 meses, quedando excluidas de la subvención las contrataciones en las que se establezca una jornada laboral a tiempo parcial inferior a 20 horas semanales.

Requisitos de las entidades solicitantes

Las entidades que soliciten subvención con cargo a la presente convocatoria se deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse, al menos, durante el periodo en el que disfruten de la condición de beneficiarias:

  • Desarrollar sus actividades o tener sede en el ámbito territorial de la ciudad de Madrid.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado.
  • No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de entidad beneficiaria de subvenciones.

Solicitud:

Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como “solicitud de subvención” en la sede electrónica y en la página web de la Agencia para el Empleo de Madrid.

No serán admitidas solicitudes que no hayan cumplimentado conforme el referido modelo. El plazo de la solicitud es hasta el 31/10/2021 o hasta el agotamiento presupuestario. 

Para información más amplia sobre el ámbito de convocatoria, acciones subvencionables, objeto estratégico, requisitos, exclusiones y solicitud y documentación a presentar no dude en contactar con nosotros.

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