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Cálculo de retenciones y Modelo 145 IRPF

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Tipo de retención aplicable/ Actualización de datos Modelo 145 IRPF.

Como usted bien sabe, en la nómina mensual, los trabajadores soportan la retención a cuenta del IRPF.

El tipo de retención se determina en cada caso según el salario previsto y las circunstancias personales y familiares comunicadas por el trabajador al firmar el contrato y el modelo 145 que la empresa le entrega en el momento de la contratación.

No obstante, con posterioridad, es posible que se produzcan variaciones en los datos inicialmente comunicados.

Por ello, debe de tener en cuenta que si con posterioridad se han modificado las circunstancias personales que la empresa tiene en cuenta para calcular su tipo de retención, será necesario que el trabajador le comunique dichas variaciones, cumplimentando un nuevo modelo 145 debidamente rellenado con sus datos personales y familiares actualizados.

Para ello, puede descargar el modelo editable que encontrará  en nuestra página ==> https://iurislab.es/utilidades/mod145_es_es , o bien, si lo prefiere, podemos hacerle llegar el de todos sus empleados para que actualicen sus datos de cara a la nómina de enero.

Estos son los supuestos habituales de variación en las circunstancias personales y familiares que pueden producir reducciones o aumentos del tipo de retención:

Modificación de los tipos de retención (reducción)

Durante el año, los trabajadores pueden comunicar a la empresa las modificaciones en sus circunstancias personales o familiares que supongan un menor tipo de retención. Las causas más habituales que producen una reducción del tipo de retención son las siguientes:

  • Aumento del número de descendientes o variación de sus circunstancias (por ejemplo, que sobrevenga una situación de discapacidad).
  • Cuando por resolución judicial, el trabajador quede obligado a satisfacer una pensión compensatoria a su cónyuge o anualidades por alimentos a sus hijos.
  • Variación en el número de ascendientes que convivan con el trabajador.
  • Si en el curso del año natural el trabajador destina cantidades a adquirir o rehabilitar su vivienda habitual utilizando financiación ajena y con derecho a deducción en su IRPF, siempre que la cuantía total de las retribuciones sea inferior a 33.007,20 euros.

Modificación de los tipos de retención (aumento)

Durante el año, los trabajadores deben comunicar a la empresa las modificaciones en sus circunstancias personales o familiares que supongan un mayor tipo de retención. Las causas más habituales que producen un aumento del tipo de retención son las siguientes:

  • Si en el curso del año natural el cónyuge del contribuyente pasa a obtener rentas superiores a 1.500 euros anuales (salvo que sean rentas exentas del IRPF).
  • Variación en el número de ascendientes que convivan con el trabajador.
  • Si durante el año natural se deja de pagar la financiación ajena destinada a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
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