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Ayudas Municipales València Activa Emprén 2018

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Ayudas Municipales València Activa Emprén 2018

Descripción

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas destinadas a financiar las altas en

el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Beneficiarios.

Podrán obtener la condició de beneficiarias tanto las personas fíicas o juríicas como las

comunidades de bienes y sociedades civiles, que lleven a cabo las actividades empresariales o

profesionales que motivan la concesió de las ayudas y cumplan lossiguientes requisitos.

Requisitos

a) Que hayan comenzado su actividad empresarial entre el 1 de mayo de 2017 y la fecha de

presentación de la solicitud. Se entenderá como comienzo efectivo de la actividad la fecha de alta

de la primera actividad (la más antigua) que figure en el certificado de Situación Censal.

b) Que el inicio de esta primera actividad genere una nueva alta en el RETA. En caso de CB, SC y

personas jurídicas, la nueva alta en el RETA debe ser de la persona administradora o de una de

ellas. En ningún caso se aceptarán altas en mutualidades profesionales o similares.

c) La fecha de efectos de alta en el RETA debe ser simultánea a la fecha de alta del Certificado de

Situación Censal y no distar de dicha fecha en más de un mes.

d) Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención no haya estado de alta

en dicho régimen en los últimos 6 meses.

e) Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención esté empadronada en la

ciudad de Valencia en los tres meses previos a la fecha de alta en el RETA.

f) Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención se encuentre al corriente

de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y frente a la Seguridad Social, y no tenga

deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de Valencia.

g) Que, desde el inicio de la actividad, el domicilio social, el domicilio fiscal y el local de

desarrollo de la actividad se encuentre en el témino municipal de Valencia.

h) En caso de comunidades de bienes y sociedades civiles, debe nombrarse una persona

representante apoderada, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que corresponden a

la agrupación o comunidad de bienes. Asimismo, y en los téminos previstos en el artíulo 11.3

LGS, la agrupación o comunidad de bienes no podrá disolverse hasta que trascurra el plazo de

prescripción a que hacen referencia los artíulos 39 y 65 LGS. Asímismo, en caso de concesión

de la ayuda, la resolución contendrá los porcentajes de participación de las personas integrantes en

la entidad beneficiaria, en función de los cuales participarán en los derechos y obligaciones

derivados del otorgamiento de la ayuda.

i) No haber sido persona beneficiaria de las Ayudas Municipales a las iniciativas empresariales en

2015, de las Ayudas València Activa Emprén en 2016 y 2017, o las Ayudas València Activa Crea

2017 y 2018.

j) No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València.

k) Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el

Ayuntamiento de València, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.

l) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de

la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente

en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y frente a la

Seguridad Social.

Plazo

El plazo de presentació de solicitudes seráde veinte días naturales a partir del día siguiente a la

publicació del extracto de la presente convocatoria en el Boletí Oficial de la Provincia (BOP).

Publicado en el BOP nº118 de 20 de junio de 2018.

Plazo de solicitud: del día 21/06/2018 hasta el 10/07/2018 ambos inclusive.

 

 

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