Ayudas Municipales València Activa Emprén 2018
Descripción
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas destinadas a financiar las altas en
el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Beneficiarios.
Podrán obtener la condició de beneficiarias tanto las personas fíicas o juríicas como las
comunidades de bienes y sociedades civiles, que lleven a cabo las actividades empresariales o
profesionales que motivan la concesió de las ayudas y cumplan lossiguientes requisitos.
Requisitos
a) Que hayan comenzado su actividad empresarial entre el 1 de mayo de 2017 y la fecha de
presentación de la solicitud. Se entenderá como comienzo efectivo de la actividad la fecha de alta
de la primera actividad (la más antigua) que figure en el certificado de Situación Censal.
b) Que el inicio de esta primera actividad genere una nueva alta en el RETA. En caso de CB, SC y
personas jurídicas, la nueva alta en el RETA debe ser de la persona administradora o de una de
ellas. En ningún caso se aceptarán altas en mutualidades profesionales o similares.
c) La fecha de efectos de alta en el RETA debe ser simultánea a la fecha de alta del Certificado de
Situación Censal y no distar de dicha fecha en más de un mes.
d) Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención no haya estado de alta
en dicho régimen en los últimos 6 meses.
e) Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención esté empadronada en la
ciudad de Valencia en los tres meses previos a la fecha de alta en el RETA.
f) Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención se encuentre al corriente
de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y frente a la Seguridad Social, y no tenga
deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de Valencia.
g) Que, desde el inicio de la actividad, el domicilio social, el domicilio fiscal y el local de
desarrollo de la actividad se encuentre en el témino municipal de Valencia.
h) En caso de comunidades de bienes y sociedades civiles, debe nombrarse una persona
representante apoderada, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que corresponden a
la agrupación o comunidad de bienes. Asimismo, y en los téminos previstos en el artíulo 11.3
LGS, la agrupación o comunidad de bienes no podrá disolverse hasta que trascurra el plazo de
prescripción a que hacen referencia los artíulos 39 y 65 LGS. Asímismo, en caso de concesión
de la ayuda, la resolución contendrá los porcentajes de participación de las personas integrantes en
la entidad beneficiaria, en función de los cuales participarán en los derechos y obligaciones
derivados del otorgamiento de la ayuda.
i) No haber sido persona beneficiaria de las Ayudas Municipales a las iniciativas empresariales en
2015, de las Ayudas València Activa Emprén en 2016 y 2017, o las Ayudas València Activa Crea
2017 y 2018.
j) No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València.
k) Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el
Ayuntamiento de València, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
l) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente
en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y frente a la
Seguridad Social.
Plazo
El plazo de presentació de solicitudes seráde veinte días naturales a partir del día siguiente a la
publicació del extracto de la presente convocatoria en el Boletí Oficial de la Provincia (BOP).
Publicado en el BOP nº118 de 20 de junio de 2018.
Plazo de solicitud: del día 21/06/2018 hasta el 10/07/2018 ambos inclusive.
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