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Actualizado el cuadro de incentivos a la contratación

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La TGSS recoge en un nuevo documento los incentivos a la contratación por cuenta ajena adaptado a las nuevas modalidades de contratos formativos y de duración determinada. El documento recoge también las peculiaridades en la cotización de determinados colectivos así como las claves de las modalidades de contratos de trabajo.

Beneficios en la cotización

La TGSS ha publicado, con fecha de 26-5-2022 el cuadro actualizado de beneficios en la cotización a la Seguridad Social. El nuevo documento, que tiene carácter meramente informativo, recoge, como en ediciones anteriores, el siguiente contenido:

1. Beneficios en la cotización a la Seguridad Social, distinguiendo los siguientes supuestos:

  • Incentivos a la contratación indefinida inicial.
  • Incentivos a la transformación en indefinidos de contratos temporales.
  • Incentivos a contratos temporales distintos de los formativos.
  • Incentivos a contratos temporales formativos.
  • Peculiaridades para el mantenimiento de la contratación.
  • Incentivos a la contratación de trabajadores en determinadas actividades, ámbitos geográficos o empresa (personal investigador, empleados de hogar, Ceuta y Melilla, turismo, etc.).

2. Otras peculiaridades en la cotización a la Seguridad Social:

  • Trabajadores agrarios por cuenta ajena.
  • Tipos de cotización específicos (trabajadores con discapacidad, contratación de duración determinada, representantes de comercio, etc.).
  • Cotización adicional para colectivos a los que resulte de aplicación un coeficiente reductor de la edad de jubilación (bomberos, miembros de cuerpos de policía…) y cotización especial de solidaridad.
  • Exclusiones de prestaciones o contingencias.
  • Exenciones de cotización según RDL 18/2021 aplicables a los ERTE COVID declarados antes y después del 1-1-2021, así como a los ERTE declarados como consecuencia de la erupción volcánica con posterioridad al 19-9-2021.
  • Exenciones de cotización según RDL 32/2021 aplicables a los ERTE ETOP. Por fuerza mayor y por Mecanismo RED.
  • Incrementos de cuotas en los contratos temporales inferiores a 30 días y decrementos en las bases de cotización de trabajadores del RETM.
  • Situaciones de IT, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo o lactancia natural y suspensión total o parcial por ERTE.

El cuadro recoge, además, las claves de modalidades de contrato de trabajo.

Incentivos a contratos de duración determinada

Contratos temporales distintos de formativos
Contratos temporales formativos

Cotizaciones: incentivos vigentes en 2022

Aunque en los últimos años se han ido reduciendo los incentivos en las cotizaciones sociales, continúan existiendo en buen número, tanto para contratos indefinidos como temporales.

Contratación indefinida

Desempleados. Si su empresa firma un contrato indefinido con un trabajador que lleva desempleado e inscrito en la Oficina de Empleo al menos 12 meses de los 18 anteriores, podrá aplicar una bonificación en sus cotizaciones. En concreto:

  • La bonificación es de 1.300 euros anuales durante tres años si contrata a un hombre (1.500 si contrata a una mujer).
  • En contratos a tiempo parcial la bonificación será proporcional a la jornada pactada.
  • ¡Atención! Deberá mantener al empleado al menos tres años, y mantener el nivel de empleo alcanzado al menos durante dos años.

Conversión. La transformación de determinados contratos en indefinidos permite aplicar bonificaciones. Vea los casos más habituales:

  • Las empresas con menos de 50 trabajadores pueden aplicar una bonificación de 500 euros al año (700 euros en caso de mujeres) durante tres años si convierten en indefinido un contrato en prácticas o de relevo.
  • La transformación en fijo de un contrato para la formación y el aprendizaje permite aplicar una bonificación en la cotización de 1.500 euros anuales durante tres años (1.800 euros en caso de mujeres).

Familiares del autónomo. Los autónomos pueden aplicar una bonificación si contratan a familiares como empleados por cuenta ajena y los dan de alta en el Régimen General:

  • La bonificación se aplica por la contratación indefinida del cónyuge, o de ascendientes, descendientes y demás familiares por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado.
  • La bonificación, de 12 meses de duración, es del 100% de las cuotas empresariales por contingencias comunes.
Contratación temporal

Para la formación. Si firma un contrato de formación en alternancia con un desempleado, podrá aplicarse una bonificación del 100% de las cuotas, o del 75% si tiene 250 o más trabajadores.

Sustitución. Si su empresa necesita sustituir a un empleado, el contrato de da derecho a bonificaciones en algunos casos. Así, la contratación de un desempleado para sustituir a un trabajador en situación de maternidad o paternidad da derecho a una bonificación del 100% en ambos empleados.

Personas con discapacidad

Indefinidos. La contratación indefinida de una persona con discapacidad da derecho a una bonificación mensual de 375 euros (4.500 anuales) durante toda la vigencia del contrato. ¡Atención! El incentivo es mayor en personas de 45 o más años, o en mujeres (entre otros casos).

Temporales. En contratos temporales, la bonificación es de 3.500 euros anuales durante toda su vigencia (bonificación que se incrementa en algunos supuestos).

La contratación de personas con discapacidad o de desempleados puede dar lugar a bonificaciones en la cotización. Téngalo en cuenta y aproveche los incentivos que le ofrece la normativa.

Fuente: LEFEBVRE

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