La Agencia Tributaria pone a disposición el servicio on line de cálculo de las retenciones del trabajo personal para el ejercicio 2022. Se han publicado, además, las tablas de retenciones para 2022 de Álava, Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra.
Cálculo de retenciones en 2022
El servicio on line de cálculo de las retenciones del trabajo personal para el ejercicio 2022 se encuentra disponible en la página web de la agencia tributaria.
Para el cálculo de las retenciones se deben consignar:
- Datos personales del trabajador: NIF, fecha de nacimiento y situación familiar.
- Datos familiares del trabajador: ascendientes y descendientes a cargo.
- Datos económicos: retribución bruta anual, reducciones y gastos deducibles entre los que se deben consignar las cotizaciones a la seguridad social soportadas.
- Datos de regularización.
Una vez consignados los datos, la pestaña «Resultados» muestra automáticamente el tipo de retención aplicable.
NOTA: Se han modificado las tablas de Álava, Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra con los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos del trabajo en 2022.
En enero: cálculo de retenciones
A principios de año debe calcular las retenciones de sus trabajadores. ¿Cómo lo debe hacer? ¿Está obligado a pedir a su plantilla el modelo 145?
Previsión. Para calcular el tipo de retención de un trabajador debe tener en cuenta su previsión de ingresos y su situación familiar. ¡Atención! Para obtener la previsión de ingresos anuales:
- Compute su salario fijo anual (multiplicando el salario mensual fijo por 12 y añadiendo las pagas extras, siempre que no estén prorrateadas) y sume la retribución variable que previsiblemente vaya a percibir. Apunte. A estos efectos, compute al menos el variable del año anterior, salvo que existan elementos objetivos que le permitan acreditar que el del nuevo año va a ser inferior.
- Si abona salarios en especie, inclúyalos en la previsión de ingresos según su valoración a efectos fiscales.
Situación familiar. El tipo de retención también depende de la situación personal y familiar de los empleados. ¡Atención! Por ello, es importante que al inicio del contrato y a principios de cada año le entreguen el modelo 145 indicando sus datos personales. A estos efectos:
- Si un empleado ya le entregó el modelo 145 –lo normal es que lo hiciese al formalizar el contrato–, no es necesario que cada año se lo vuelva a entregar; sólo será preciso si se modifican sus circunstancias personales.
- Si no dispone del modelo 145 por cualquier motivo, calcule su retención considerando que su situación familiar es la 3 (soltero) y que no tiene hijos ni ascendientes.
- Asimismo, si un trabajador consigna datos que no son ciertos (por ejemplo, indica que tiene hijos pero usted sabe que no los tiene), calcule su retención en base a los datos facilitados (será él quien responda frente a Hacienda).
Circular. Para tener los datos actualizados, entregue en enero una circular a su plantilla (explicando que necesita dichos datos para calcular sus retenciones), junto con un ejemplar del modelo 145.
Prevea como ingresos variables los del año anterior. No es necesario que los empleados le entreguen cada año el modelo 145, salvo cambio de circunstancias.
Tabla de retenciones 2022. Navarra (LF Navarra 19/2021)
Tabla de retenciones 2022. Bizkaia (DF Bizkaia 176/2021)
Tabla de Retenciones 2022. Gipuzkoa (DF Gipuzkoa 15/2021)
Tabla de retenciones 2022. Álava (DF Álava 56/2021)
Tabla de retenciones e ingresos a cuenta. Estado
Fuente: LEFEBVRE
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