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RETA. Últimos días para cambiar las bases de cotización.

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El 30 de septiembre finaliza el tercer plazo para solicitar ante la TGSS el cambio de base de cotización en el RETA. Las nuevas bases elegidas​ surtirán efectos a partir del 1 de octubre.

Cambios de bases de cotización

​El trabajador autónomo puede modificar la base de cotización por la que está obligado a cotizar, hasta 4 veces dentro del mismo año natural eligiendo otra entre los límites máximo y mínimo aplicables a cada ejercicio.

Las solicitudes se deben formular ante la TGSS, en los siguientes plazos:

  • entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con efectos desde el 1 de abril;
  • entre el 1 de abril y el 30 de junio, con efectos desde el 1 de julio;
  • entre el 1 de julio  y el 30 de septiembre, con efectos desde el 1 de octubre;
  • entre el 1 de octu­bre y el 31 de diciembre, con efectos desde el 1 de enero del año siguiente.

La solicitud se puede presentar en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, Administración de la misma (de forma presencial) o telemáticamente a través de la Sede Electrónica >  accediendo a: Empresas / Afiliación e Inscripción / Cambio de base de cotización – autónomos

Esta posibilidad se aplica también ​a los trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial del mar.

El próximo 30 de septiembre finaliza el tercer plazo que tienen los autónomos para cambiar su base de cotización

En este sentido es importante señalar que el RD Ley 13/2022 de 26 julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad, tiene entrada en vigor el próximo 1-1-2023. Ver artículo==> Nuevo sistema de cotización para autónomos | IurisLab Consulting

Se establece expresamente que los trabajadores por cuenta propia o autónomos que a final del año 2022 coticen por una base de cotización superior a la que les correspondería por razón de sus rendimientos, podrán renunciar a la devolución de cuotas y mantener dicha base de cotización, o una inferior a esta, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior, encontrándonos en plazo hasta el día 30-9-2022 para la modificación de base del régimen especial de autónomos, con efectos del 1-10-2022.

Por esta razón, si usted está interesado en mantener durante el año 2023, una base de cotización superior a la que le correspondería tener, por aplicación del nuevo sistema de cotización para autónomo que está basado en los ingresos reales del autónomo (rendimientos netos), le recomendamos que aproveche este tercer plazo para solicitar el cambio de bases.

En todo caso no dude en ponerse en contacto con nosotros para que le asesoremos al respecto.

RETA. Cotización 2022

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