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Nuevas normas de cotización aplicables en el RGSS

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Se ha publicado la Orden de cotización que desarrolla las reglas de cotización aplicables en el RGSS desde el 1-9-2021.

Normas de cotización en el RGSS

La Ley 11/2021 de Presupuestos Generales del Estado para 2021 estableció las normas de cotización aplicables a partir del 1-1-2021. No obstante, y en tanto el cálculo del tope mínimo y de las bases mínimas de cotización está referenciado al SMI, se prorrogaron las cuantías previstas para 2020 para estos conceptos hasta que no se aprobara la cuantía del SMI para 2021. Esta norma se aprobó mediante RD 817/2021 fijando sus efectos a partir del 1-9-2021. Ahora, la OM PCM/1353/2021 desarrolla las normas de cotización aplicables al período afectado por el incremento del SMI (desde el 1-9-2021), reproduciendo las normas establecidas por la LPGE introduciendo como únicos cambios los que se recogen a continuación.

A. TOPES Y BASES MÍNIMAS DE COTIZACIÓN

A partir del 1-9-2021, se fija el tope mínimo de cotización en la cuantía del SMI incrementada en 1/6 quedando establecida en 1.125,90€ mensuales.

Las bases mínimas de cotización quedan fijadas en las siguientes cuantías:

Grupo de cotizaciónCategorías profesionalesBases mínimas (euros/mes)
1Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores1.572,30
2Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados1.303,80
3Jefes Administrativos y de Taller1.134,30
4Ayudantes no Titulados1.125,90
5Oficiales Administrativos1.125,90
6Subalternos1.125,90
7Auxiliares Administrativos1.125,90
(euros/día)
8Oficiales de primera y segunda37,53
9Oficiales de tercera y Especialistas37,53
10Peones37,53
11Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional37,53

Sistemas especiales integrados en el RGSS

También cambian, desde el 1-9-21, las bases mínimas de cotización en los Sistemas especiales integrados en el RGSS.

Así, en el sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios, las bases mínimas quedan fijadas en las siguientes cuantías:

Grupo de cotizaciónCategorías profesionalesBases mínimas (euros/mes)Bases mínimas por jornadas reales (euros/día)
1Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores.1.572,3068,36
2Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados.1.303,8056,69
3Jefes Administrativos y de Taller.1.134,3049,32
4Ayudantes no Titulados.1.125,9048,95
5Oficiales Administrativos.1.125,9048,95
6Subalternos.1.125,9048,95
7Auxiliares Administrativos.1.125,9048,95
8Oficiales de primera y segunda.1.125,9048,95
9Oficiales de tercera y especialistas.1.125,9048,95
10Peones.1.125,9048,95
11Trabajadores menores de 18 años.1.125,9048,95

También se incrementa la base mensual de cotización durante los periodos de inactividad que pasa de 1.050€ a 1.125,90€ mensuales a partir del 1-9-2021.

En sistema especial para empleados de hogar, desde el 1-9-2021 las bases de cotización por contingencias comunes van a ser las determinadas en la siguiente escala:

TramoRetribución mensual (euros/mes)Base de cotización (euros/mes)
1.ºHasta 259,00222,00
2.ºDesde 259,01 Hasta 403,00365,00
3.ºDesde 403,01 Hasta 548,00509,00
4.ºDesde 548,01 Hasta 692,00653,00
5.ºDesde 692,01 Hasta 838,00798,00
6.ºDesde 838,01 Hasta 981,00941,00
7.ºDesde 981,01 Hasta 1125,901.125,90
8.ºDesde 1.125,91 Hasta 1228,001.177,00
9.ºDesde 1.228,01 Hasta 1388,001.322,00
10.ºDesde 1.388,01Retribución mensual

Además se establecen reglas para establecer la base mínima de cotización cuando la TGSS determine la cuota a ingresar en función de los datos de que dispone:

  • Contratos a tiempo completo o cuando las horas de trabajo sean 160 mensuales o 40 semanales: la prevista en el tramo en el que se encuentre incluida la retribución equivalente al SMI mensual incrementado con la parte proporcional de pagas extraordinarias a que tenga derecho el trabajador.
  • Contrato a tiempo parcial u horas de trabajo inferiores a 160 mensuales o 40 semanales con retribución mensual: La prevista en el tramo en el que se encuentre incluida la retribución equivalente al SMI mensual, incrementado con la parte proporcional de pagas extraordinarias en proporción a la jornada pactada.
  • Contrato a tiempo parcial de empleados que trabajan por horas en régimen externo con retribución por horas: La prevista en el tramo que se incluya la retribución que resulte de multiplicar el SMI horario por el número de horas mensuales de trabajo.

Si en la TGSS no consta si la retribución pactada es mensual o por horas se considerará, salvo prueba en contrario, que es mensual.

TIPOS DE COTIZACIÓN

Se mantienen los tipos de cotización vigentes hasta ahora con las siguientes excepciones:

1. A los trabajadores exonerados parcialmente de cotizar, por tener la edad de jubilación y un contrato indefinido, se les va a aplicar un tipo de cotización del 1,55% (antes 1,50%) respecto de la IT derivada de contingencias comunes, cuyo 1,30% es a cargo de la empresa y el 0,25% a cargo del trabajador.

2. Se incrementan los tipos aplicables a los contratos para la formación y el aprendizaje. Desde el 1-9-2021 la cuota única de cotización queda establecida de la siguiente manera:

  • Contingencias comunes: 54,73€ de los que 45,63€ son a cargo del empresario y 9,10€ del trabajador (antes 51,05€ de los que 42,56€ a cargo del empresario y 8,49€ del trabajador).
  • Contingencias profesionales: 6,28€ a cargo del empresario (antes 5,85€).
  • Fondo de Garantía Salarial: 3,46€ a cargo del empresario (antes 3,23€ ).

Tipos de cotización

Régimen general. Bases y topes de cotización de años anteriores

Fuente: LEFEBVRE

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