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INCREMENTO EN LA CUOTA DE AUTÓNOMO APROBADO POR EL RDL 28/ 2018 de 28 DE DICIEMBRE

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La TGSS ha aplicado en la cuota del Régimen de trabajadores autónomos (RETA) del mes de octubre los nuevos tipos de cotización por contingencias profesionales y cese de actividad previstos para 2020 en la disposición transitoria segunda del RDL 28/2018, de 28 de diciembre.

Desde enero de 2020 debió hacerse efectivo el incremento en las cotizaciones por contingencias profesionales y cese de actividad dictados en el Real Decreto Ley anteriormente citado,  en el cual se estableció un aumento en el tipo de cotización por cese de actividad -por el que cotizan todos los autónomos desde 2019- del 0,7% al 0,8% y por contingencias profesionales, pasando de un 0,9% a un 1,1%, pero la Seguridad Social debido a la pandemia retrasó este incremento de un 0,3% sobre la base de cotización, el cual se ha hecho efectivo ya en el MES DE OCTUBRE.

La subida en el caso de aquellos autónomos que con la base mínima será de tres euros al mes, es decir pasará a una cuota de 286,15 euros a partir de ahora y el autónomo societario que cotice por la base mínima pasará a tener una cuota mensual de 367,08 euros.

La subida en los tipos de cotización NO afectará a los autónomos que están acogidos a la bonificación conocida como Tarifa Plana. Según especifica el Real Decreto-ley 28/2018, que recoge estos incrementos, la cuota a pagar por estos autónomos no se verá influida por el incremento en los tipos ya que el importe que abonan durante el primer año es fijo.

Las cuotas de los meses de enero a septiembre en los que no se ha aplicado el incremento en los tipos de cotización mencionados, estarán pendientes de regularizar por la TGSS, aunque no están concretadas las fechas y manera de proceder para ello.

Además, cara al año próximo 2021, el citado Real Decreto también recoge una nueva revisión del tipo de cotización por contingencias profesionales hasta el 1,3% (otras dos décimas por encima) y del cese de actividad al 0,9% (una décima más).

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