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CANAL DE DENUNCIAS

Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

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El pasado 21 de febrero se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, a través de la cual se traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva Whistleblowing.

¿QUÉ ES UN SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN O CANAL DE DENUNCIAS?

Se denomina Canal de denuncias sistema interno de información a la herramienta que una entidad pone a disposición de sus trabajadores, así como de terceros relacionados con ella (colaboradores, proveedores…), con la finalidad de que, de forma confidencial, informen a la empresa sobre sospechas de determinados incumplimientos del ordenamiento jurídico dentro del seno de la organización.

Además de una obligación para determinadas entidades, su implantación es fundamental para reducir riesgos y mejorar la transparencia de la empresa. De esta forma, se previene que las personas cometan actos de fraude, corrupción, acoso y otras acciones indebidas en una etapa temprana, contribuyendo a detectarlos y gestionarlos en caso de que ocurran.

Debe tenerse claro que un Sistema Interno de Información es un elemento esencial en la cultura de cumplimiento normativo.

¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO POR ESTA NORMATIVA A CONTAR CON CANAL DE DENUNCIAS?

  • Aquellas personas, tanto físicas como jurídicas, que, perteneciendo al sector privado, tengan contratados 50 o más trabajadores y trabajadoras.
  • Todas las entidades que integran el Sector Público (los municipios de menos de 10.000 habitantes pueden compartir el Canal de Denuncias)
  • Algunas entidades, atendiendo a su actividad, independientemente del número de personas trabajadoras: Partidos políticos, sindicatos, Organizaciones empresariales y las Fundaciones que reciban o gestionen fondos públicos.
  • Personas jurídicas del sector privado que entren en el ámbito de aplicación de UE en materia de prevención de blanqueo de capitales, productos y mercados financieros…

¿CUÁNDO ENTRA EN VIGOR? PLAZOS

La Ley entró en vigor el 13 de marzo de 2023.
El sistema interno o canal de denuncias, deberá estar implantado, en el plazo máximo de 3 meses siguientes a la entrada en vigor de la norma. Es decir, hasta 13 de junio de 2023.

No obstante, para empresas de 50 a 249 trabajadores, así como los municipios de menos de 10.000 habitantes, el plazo se extiende hasta el 1 de diciembre de 2023.

SANCIONES POR NO CUMPLIR CON ESTA NORMATIVA

En el caso de las personas jurídicas ante la comisión de una infracción leve, se le pueda llegar a imponer una multa que ascienda hasta los 100.00 euros. Para las infracciones graves, la multa será de 100.001 a 600.000 euros. Y la multa será de 600.000 a 1.000.000 de euros por la comisión de infracciones muy graves.

La normativa dispone que el incumplimiento de la obligación de disponer de un sistema interno de información en los términos establecidos en la Ley, será considerado una infracción muy grave.

Adicionalmente se prevén sanciones reputacionales, como la amonestación pública pudiendo ser publicadas en el BOE cuando la cuantía sea superior a 600.001 euros; prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios fiscales durante un plazo máximo de 4 años o la prohibición de contratar con las Administraciones Públicas durante un plazo de 3 años.

VENTAJAS DE IMPLANTAR UN BUEN SISTEMA DE INFORMACIÓN INTERNO

  • Cumplir con la normativa de Protección del Denunciante, a su vez también con las de Igualdad y de Prevención de Acoso Laboral, Prevención de Blanqueo de Capitales, RGPD, RSC, Sistema de Gestión del Compliance, Sistema de Gestión Antisoborno en la organización…
  • Alcanzar una verdadera cultura ética, de integridad, transparencia y cumplimiento normativo en el seno de las organizaciones.
  • Es una medida de vigilancia y control de carácter preventivo.
  • Reduce los costes reputacionales y económicos.
  • Favorece la contratación con la Administración Pública, homologación de proveedores, adjudicación de Ayudas…
  • Es una muestra de compromiso con la sociedad y con los grupos de interés (clientes, empleados, proveedores, accionistas, inversores…).

¿CÓMO PODEMOS AYUDARTE DESDE IURISLAB CONSULTING? MODALIDADES DE SERVICIO

Atendiendo a las necesidades y estructura de cada entidad, ofrecemos un canal de denuncias que garantiza:

  • Agilidad en la implantación.
  • Sencillez y acceso continuo.
  • Trazabilidad de la denuncia.
  • Seguridad de la Información.
  • Cumple con la Directiva y la normativa de Protección de Datos.
  • Permite la gestión de denuncias de forma rápida y eficaz.
  • El formulario de denuncia puede integrarse en su web.
  • Genera comunicaciones con el denunciante de forma inmediata, confidencial y anónima.
  • Proporciona informes generados de forma automática.
  • Escalable con otros módulos de la herramienta.
1. ¿ES SEGURO Y GARANTIZA EL ANONIMATO EL MÓDULO DE CANAL DE DENUNCIAS?

El módulo de canal denuncias es totalmente seguro y anónimo y cumple con el marco legal establecido.

Cuenta con las medidas de anonimización que se indican a continuación, con el objeto de cegar los datos del/de la usuario/a y garantizar el anonimato del denunciante para el caso de que se interponga una denuncia anónima:

  • Ocultación de los datos de contacto.
  • Registro de metadatos a nombre del administrador del sistema, lo que implica que en los registros de creación y modificación del elemento guardado se pone por defecto, al “administrador” y nunca a nombre de un usuario/a concreto.
  • Se puede formalizar la denuncia sin iniciar sesión y/o registrarse.
  • No se guarda información de la persona que en ese momento está generando contenido. Únicamente se conservará la dirección de correo electrónico facilitada, la cual será en todo momento encriptada y no visible, a efectos de respuestas automáticas con el objeto de informar del seguimiento de la denuncia.
  • En las comunicaciones se desencripta el correo electrónico mediante un proceso oculto.
  • No se guarda ni registra el destinatario de los correos electrónicos que la plataforma envía de forma automatizada.
  • No se vincula con ninguna IP ni ningún otro sistema de rastreo.
  • No se realiza registro automático de auditoría sobre el módulo.
2. MODALIDADES DE SERVICIO
SERVICIODURACIÓNCONTENIDO
CANAL DE DENUNCIASAnual, renovable por periodos anuales.• Centralización, monitoreo y seguimiento de las denuncias.
• Creación de denuncias confidenciales o anónimas con cifrado de los datos de contacto.
• Direcciones de email de respuesta personalizadas.
• Espacio para adjuntos.
• Generación de código de seguimiento único por denuncia.
• Asegura la transparencia.
• Registro del seguimiento del proceso.
• Asignación de responsables.
• Notificaciones automáticas.
• Alertas de vencimiento.
• Comunicaciones con el informante.
CANAL DE DENUNCIAS – CORPORATEAnual, renovable por periodos anuales.Incluye además:
• Personalización de la plataforma (url e imagen corporativa).
• Posibilidad de incorporar personalizaciones.
• Posibilidad de añadir otros módulos de gestión de Odoo.
DISEÑO DEL SISTEMA INTERNO DE INFORMACIONServicio puntual• Diseño del sistema Interno de Información: integración del canal en atención a los recursos de la empresa.
• Desarrollo de políticas y protocolos.
• Procedimiento de regulación del canal.
• Procedimiento de tramitación de denuncias
ASISTENCIA EN LA GESTIÓN DE CANAL DE DENUNCIASAnual, renovable por periodos anuales.• Asistencia al responsable del Sistema Interno de Información.
• Análisis y valoración preliminar de la comunicación.
• Coordinación de actuaciones preliminares.
• Redacción de informe de admisión/inadmisión.
(*) No incluye realización de investigaciones internas ni conclusiones (medidas correctoras o disciplina- rias).
(**) Superadas las 8 horas de dedicación anuales, la hora se facturará aparte. Precio hora 75 euros.
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