En las sucesiones de empresa, la emisión de certificados no exonera a la empresa cesionaria de la responsabilidad solidaria por las deudas pendientes con la SS, cuando no afirman claramente la inexistencia de deudas pendientes.
Sucesión de empresa. Repercusiones en materia de Seguridad Social.
El cesionario se subroga en los derechos y obligaciones del ced...
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