![Consulta, Asesor, Laboral, Empleo, Trabajo, Empresa, Iurislab Consulting, Despido, Tribunal Supremo, Indemnización](https://i1.wp.com/iurislab.es/wp-content/uploads/2024/07/El-TS-se-pronuncia-sobre-el-plazo-para-comunicar-el-despido-objetivo-a-los-representantes-de-los-trabajadores.png?resize=350%2C245&ssl=1)
Es válida la entrega de la copia de la carta de despido objetivo por causas ETOP a los representantes de los trabajadores 6 días después de producirse el mismo, pues está dentro de un plazo prudencial que no afecta ni condiciona los derechos de los representantes, ni los de la propia persona despedida.
Comunicación del despido objetivo a la representación de los trabajadores
La empr...
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