El TS, aplicando su doctrina, establece que si el convenio colectivo no lo establece, la empresa no puede reducir la cuantía de la retribución variable, excluyendo el tiempo en el que el trabajador permaneció en IT. Además, si el cumplimiento de los objetivos tiene carácter colectivo debe alcanzar a quienes, aun con sus contratos suspendidos por IT, fueron tomados en consideración para determ...
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