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Revalorización de las pensiones en 2026: claves normativas y efectos prácticos

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Con efectos desde el 1 de enero de 2026, se aprueba la revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de Clases Pasivas y de determinadas prestaciones públicas, con el objetivo de garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo de las personas pensionistas conforme a la evolución del IPC.

Esta actualización tiene un impacto directo no solo en los beneficiarios, sino también en empresas, departamentos de recursos humanos y profesionales que gestionan nóminas, cotizaciones, compatibilidades y complementos económicos vinculados a pensiones y prestaciones.

  1. Regla general de revalorización para 2026

Con carácter general, las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social causadas con anterioridad al 1-1-2026 y no concurrentes con otras pensiones se incrementan un 2,7%, porcentaje que se corresponde con el IPC interanual medio entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025.

Esta regla se aplica automáticamente, sin necesidad de solicitud por parte de la persona pensionista, y se calcula sobre la cuantía de la pensión vigente a 31 de diciembre de 2025.

  1. Límite máximo de las pensiones públicas en 2026

Para el ejercicio 2026, se fija un límite máximo de percepción de pensiones públicas en:

  • 359,60 euros mensuales, o
  • 034,40 euros anuales.

Cuando la pensión no se perciba en 14 pagas, el importe mensual se ajustará para que, en cómputo anual, no se supere el límite máximo establecido.

Las pensiones que ya superen este umbral no se revalorizan, manteniéndose en la cuantía existente.

  1. Pensiones contributivas: reglas de aplicación y exclusiones

La revalorización del 2,7% se aplica con las siguientes particularidades:

  • Se calcula sobre el importe mensual de la pensión a 31-12-2025.
  • No se aplica sobre:
    • Complementos por mínimos.
    • Recargos de prestaciones.
    • Determinadas rentas temporales o indemnizaciones vinculadas a antiguos regímenes de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

El INSS notifica individualmente a cada pensionista la nueva cuantía resultante, garantizando la transparencia del proceso.

  1. Pensiones concurrentes: cómo se aplica el incremento

Cuando una misma persona sea titular de dos o más pensiones públicas, la norma establece un tratamiento específico:

  • Cada pensión se revaloriza individualmente.
  • Si la suma total supera el límite máximo mensual (3.359,60 €), los importes se reducen proporcionalmente hasta no exceder dicho tope.
  • Esta regla también se aplica cuando se reconoce una nueva pensión a una persona que ya era pensionista, si la suma conjunta supera el máximo legal.
  1. Pensiones mínimas y complementos por mínimos

Los complementos por mínimos tienen como finalidad garantizar un nivel básico de ingresos cuando la pensión reconocida no alcanza la cuantía mínima legal.

Sus principales características son:

  • Solo se aplican a pensiones no concurrentes.
  • Tienen carácter absorbible, de modo que pueden desaparecer si se producen incrementos futuros de la pensión.
  • Exigen no superar determinados límites de ingresos anuales:
    • 442,00 € sin cónyuge a cargo.
    • 013,00 € con cónyuge a cargo.

Cualquier variación de circunstancias económicas debe comunicarse, produciéndose la pérdida del complemento desde el día uno del mes siguiente al cambio.

  1. Otras pensiones y prestaciones revalorizadas en 2026

Además de las pensiones contributivas, se actualizan otras prestaciones relevantes:

  • Pensiones SOVI (vejez e invalidez no concurrentes):
    • 394,40 euros anuales.
  • Pensiones no contributivas:
    • 803,20 euros anuales.
    • Se mantiene el complemento por alquiler de vivienda habitual en 525 euros anuales.
  • Complemento para la reducción de la brecha de género:
    • 36,90 euros mensuales.
  • Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte:
    • 029,60 euros anuales.
  1. Prestaciones familiares por hijo o menor a cargo

Se mantienen las cuantías y límites de ingresos para las prestaciones familiares, con especial atención a los supuestos de discapacidad:

  • Hijo menor de 18 años o menor a cargo con discapacidad ≥ 33%:
    • 000 euros anuales.
  • Hijo mayor de 18 años con discapacidad ≥ 65%:
    • 962,80 euros anuales.
  • Discapacidad ≥ 75% y necesidad de tercera persona:
    • 942,40 euros anuales.

Los límites de ingresos familiares se fijan en:

  • 356,00 euros anuales, con carácter general.
  • 109,00 euros anuales para familias numerosas, con incrementos adicionales por cada hijo a partir del cuarto.

En determinados tramos de ingresos reducidos, la asignación económica anual se mantiene en 637,92 euros, conforme a la composición del hogar.

  1. Otras prestaciones específicas

  • Prestación por nacimiento o adopción en familias numerosas, monoparentales o con progenitores con discapacidad:
    • 000 euros, manteniéndose los mismos límites de ingresos.
  • Pensiones de orfandad derivadas de violencia contra la mujer:
    • Se incrementan en el mismo porcentaje que el SMI de 2026, reforzando su carácter protector.
  1. Implicaciones prácticas para empresas y profesionales

Aunque la revalorización de las pensiones afecta directamente a las personas beneficiarias, también tiene implicaciones relevantes para:

  • Compatibilidades entre pensión y trabajo.
  • Control de límites de ingresos en complementos y prestaciones.
  • Cálculo de retenciones, cotizaciones y comunicaciones con la Seguridad Social.

Asesoramiento a personas trabajadoras próximas a la jubilación.

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