La normativa laboral española introduce una importante ampliación del permiso por nacimiento y cuidado de menor que afectará tanto a personas trabajadoras como a empresas.
A partir del 31 de julio de 2025, la duración del permiso pasa:
- De 16 a 19 semanas para cada progenitor.
- A 32 semanas en el caso de familias monoparentales.
Además, se amplía el alcance a situaciones de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, y se modifica la prestación no contributiva por nacimiento, que ahora se extiende a estos supuestos.
En Iurislab Consulting le acompañamos en la adaptación de estos cambios a sus políticas internas, gestión de personal y tramitación de prestaciones.
🧾 Cómo queda la distribución del permiso
El nuevo esquema establece:
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Seis semanas obligatorias
- Inmediatamente después del nacimiento, la resolución judicial de adopción o la decisión administrativa de guarda/acogimiento.
- Deben disfrutarse de forma ininterrumpida y a jornada completa por cada progenitor.
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Once semanas adicionales (o 22 en familias monoparentales)
- En nacimientos, pueden disfrutarse hasta que el menor cumpla 12 meses.
- En adopciones o acogimientos, dentro de los 12 meses siguientes a la resolución judicial o administrativa.
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Semanas extra de conciliación
- 2 semanas más (o 4 si es familia monoparental) que podrán disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años.
- Estas semanas se aplican también con carácter retroactivo a nacimientos, adopciones o acogimientos producidos a partir del 2 de agosto de 2024 y podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.
📌 Flexibilidad: Las semanas no obligatorias pueden disfrutarse en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, e incluso a jornada parcial con acuerdo empresarial.
Supuestos especiales contemplados
- Fallecimiento de un progenitor: el otro podrá disfrutar de todo el permiso o de la parte pendiente.
- Fallecimiento del menor: el permiso no se reduce, salvo que, tras las seis semanas obligatorias, la persona trabajadora opte por reincorporarse.
- Parto múltiple: se añade una semana más por cada hijo a partir del segundo, para cada progenitor.
Prestación económica durante el permiso
Durante todo el periodo, la persona trabajadora percibe el 100% de la base reguladora (base de cotización por contingencias comunes del segundo mes anterior al hecho causante, dividida entre 30).
💡 Dato importante: esta prestación está exenta de IRPF, por lo que el importe neto percibido suele ser mayor que el de una nómina ordinaria.
Ejemplo de cálculo
Si la base de cotización de julio fue de 2.500 € y la de agosto de 3.000 €, y el nacimiento se produce en septiembre:
- La base reguladora diaria será de 83,33 € (2.500 / 30).
- Se multiplicará por los días de duración del permiso.
- No se toma la base del mes anterior al nacimiento, sino la del segundo mes anterior.
Permiso no contributivo ampliado
Se extiende a adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento, con una duración de 6 semanas (antes, 42 días).
Es obligatorio, continuado y a jornada completa tras el hecho causante, ya sea parto, resolución judicial o decisión administrativa.
✅ Conexión con la normativa europea
Esta reforma responde a la obligación de garantizar que las 8 semanas de permiso parental previstas por la Directiva (UE) 2019/1158 sean retribuidas.
En España, no se hace a través del permiso parental no retribuido (art. 48 bis ET), sino mediante la combinación de:
- Las 2 semanas adicionales ya existentes en el permiso por nacimiento y cuidado (respecto de las 14 semanas mínimas de la Dir. 92/85/CEE).
- Las 3 semanas extra que ahora se incorporan.
- El permiso acumulado para cuidado del lactante.
Impacto para las empresas
Este cambio obliga a:
- Revisar protocolos de recursos humanos y calendarios de ausencias.
- Ajustar nóminas y cotizaciones.
- Planificar sustituciones y coberturas en periodos críticos.
En Iurislab Consulting nos encargamos de que su empresa cumpla la normativa, optimizando la gestión para que la conciliación no se convierta en un problema organizativo.
📣 Conclusión y próximos pasos
La ampliación del permiso por nacimiento y cuidado de menor es un avance en materia de conciliación, pero también supone ajustes relevantes para empresas y administraciones. Con una correcta planificación, es posible garantizar el derecho de las personas trabajadoras sin comprometer la operativa del negocio.
En Iurislab Consulting podemos ayudarle a:
- 📩 Resolver sus dudas sobre permisos y prestaciones con un asesor especializado en su caso.
- 📊 Aplicar correctamente los cambios legales en contratos, nóminas y gestión de personal.
- 📰 Mantenerse al día en normativa laboral mediante nuestras circulares y boletines.
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