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¿DESPIDO O DIMISIÓN?

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En su empresa hay un empleado que ha dejado de asistir a su puesto de trabajo. ¿Se trata de una dimisión o deberá despedirlo?

Definición. Existe dimisión cuando hay una voluntad unilateral del trabajador de renunciar a su puesto de trabajo, sea de forma directa (mediante signos escritos u orales dirigidos al empresario) o tácita (mediante un comportamiento del cual cabe deducir esa intención extintiva)Apunte. Por tanto: 

  • No es necesario que sea una declaración de voluntad formal; basta que la conducta del empleado manifieste de modo indiscutible su opción por la ruptura o extinción de la relación laboral.
  • Dicha conducta debe ser clara, concreta, consciente y firme y evidenciar el propósito de dar por terminado el contrato.
  • Las ausencias deben equivaler a un comportamiento que denote de manera clara que la persona desea extinguir la relación laboral.

Ejemplo. Su empleado no asistió al trabajo durante dos días seguidos (20 y 21 de febrero). Aunque usted le requirió explicaciones a través de WhatsApp, él no respondió ni contactó con nadie de la empresa. Además, usted se enteró de que el 21 de febrero ya estaba prestando servicios para otra empresa. Apunte. En este caso se aprecia claramente que su empleado tenía la intención directa de abandonar por su propia voluntad el trabajo (el haberse ausentado, el no haber contestado a las llamadas y el haber empezado un nuevo trabajo son prueba de ello). Por este motivo, en ese caso se consideraría que ha habido una dimisión voluntaria. 

Consejos. Si no ve claro que el comportamiento de su empleado refleje una voluntad clara y expresa de no volver a trabajar en su empresa: 

  • Pídale explicaciones sobre las ausencias a través de su correo electrónico o teléfono móvil, o incluso mediante burofax.
  • Si no le ofrece explicación o justificación, espere los días que requiera su convenio colectivo y realice un despido disciplinario por ausencias injustificadas.
  • Únicamente en el caso de que su empleado exprese la voluntad de no seguir en su empresa o cuando usted se entere de que presta servicios en otro lugar, podrá entenderse que se ha producido una dimisión. 

Si no está seguro de la voluntad de su empleado de dimitir, pídale que justifique sus ausencias y, si no lo hace, realice un despido disciplinario por ausencias injustificadas al trabajo.

Fuente: ELDERECHO

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