El RD 404/2010 estableció un sistema de incentivos consistente en una reducción de la cotización por contingencias profesionales a las empresas que se distingan por su contribución a la reducción de la siniestralidad laboral y por la realización de actuaciones efectivas en la prevención de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales.
Para la aplicación de estos incentivos, las empresas deben cumplir los Índices de siniestralidad general e Índice de siniestralidad extrema. La orden de cotización 2016 fija los valores límite de estos índices para el ejercicio 2015. Los índices no sufren modificaciones con respecto a los correspondientes al ejercicio 2014.
La orden fija, además, el volumen de cotización por contingencias profesionales a alcanzar durante el periodo de observación. Para el ejercicio 2015, se fija en 5.000 euros, lo que no supone incremento alguno con respecto al ejercicio anterior.
Bonus prevención. Requisitos.
Incentivo |
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Reducción en la cotizaciones por contingencias profesionales.
– Grandes empresas:
– pequeñas empresas:
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Requisitos | |
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Generales |
– haber realizado inversiones en sus instalaciones, equipos o máquinas para reducir riesgos en puestos de trabajo;
– no rebasar los índices de siniestralidad general y siniestralidad extrema; – cumplir las obligaciones en materia de cotización; – no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves de prevención de riesgos laborales; – cumplir los requisitos básicos en prevención de riesgos laborales. (autodeclaración). |
Grandes empresas |
– cotizar en 2015 por contingencias profesionales superior a 5.000€;
– al menos 2 de los siguientes requisitos:
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Pequeñas empresas |
– haber cotizado en 2015 por contingencias profesionales entre 250 y 5.000 €;
– al menos uno de los siguientes requisitos:
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Solicitud |
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– En la Mutua o Entidad gestora que asuma la protección por contingencias profesionales;
– plazo: desde el 1 de abril al 15 de mayo de cada año |
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