El Gobierno ha aprobado la actualización del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el ejercicio 2026 mediante el Real Decreto 126/2026, fijando nuevas cuantías con efectos desde el 1 de enero de 2026.
El incremento aprobado es del 3,10% respecto al SMI vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.
Cuantías oficiales del SMI 2026
Las nuevas referencias salariales quedan establecidas en:
- SMI diario: 40,70 €
- SMI mensual:221 €
- SMI anual (a efectos de compensación y absorción):094 €
- SMI jornada legal en contratos temporales ≤ 120 días: 57,82 €
- SMI hora empleados de hogar: 9,55 €
Desde la perspectiva jurídico-laboral, el dato clave es el importe anual de 17.094 euros, ya que es el que determina si una estructura retributiva cumple o no con el mínimo legal en cómputo global.
Tributación: exención en IRPF para salarios inferiores al SMI
El Real Decreto-ley 5/2026 modifica la Ley 35/2006 del IRPF para establecer que:
Los salarios de cuantía inferior al SMI fijado para 2026 quedan exentos de tributación en el IRPF.
Esta medida impacta directamente en trabajadores con retribuciones más bajas, reduciendo su carga fiscal efectiva.
Desde el punto de vista empresarial, será fundamental revisar correctamente:
- Retenciones aplicadas en nómina.
- Ajustes en programas de gestión salarial.
- Configuración de software de nóminas.
Importante: cuándo NO se aplica automáticamente el nuevo SMI
El incremento no será de aplicación automática a:
- Normas de Comunidades Autónomas o entidades locales que utilicen el SMI como referencia.
- Contratos y pactos privados vigentes a 31-12-2025 que lo utilicen como indicador.
En estos casos, salvo pacto expreso en contrario, seguirá utilizándose el SMI anterior como referencia.
Pero atención: Esta excepción no afecta a salarios inferiores al nuevo SMI. Si el salario anual total es inferior a 17.094 €, deberá incrementarse obligatoriamente.
Reglas de compensación y absorción
Para determinar si debe actualizarse un salario, debe analizarse:
- Salario base
- Complementos salariales
- Pagas extraordinarias
No se computan:
- Indemnizaciones
- Suplidos
- Compensaciones de gastos
Escenarios habituales
Trabajador que cobra más que el nuevo SMI
Si percibe, por ejemplo, 17.500 € brutos anuales, no será necesario modificar su salario. La diferencia queda absorbida.
Trabajador que cobra menos que el nuevo SMI
Si percibía 16.500 € anuales, deberá incrementarse hasta 17.094 €. No se genera un derecho automático a cobrar por encima del SMI.
Incidencia práctica: ejemplo comparado
Caso 1
Trabajador con salario base de 16.600 €/año.
Resultado: Debe incrementarse hasta 17.094 €/año.
Caso 2
Trabajador con:
- Salario base: 20.000 €
- Antigüedad (10%): 2.000 €
- Plus pactado en 2025 equivalente a 2 SMI mensuales (2.442 €)
El plus estaba vinculado al SMI vigente a 31-12-2025 y, al existir disposición transitoria en el RD, no se actualiza automáticamente.
Por tanto, su estructura retributiva permanece inalterada.
Cuestiones socio-laborales afectadas por el SMI 2026
El SMI no solo actúa como salario mínimo, sino como referencia legal en múltiples ámbitos.
- Bases de cotización
- Tope mínimo: SMI + 1/6 → 1.424,50 €/mes (estimación).
- La base mínima del Régimen General se incrementa en el mismo porcentaje que el SMI (+3,10%).
Grupos 2026 (estimación):
- Grupo 1: 1.988,80 €
- Grupo 2: 1.649,19 €
- Grupo 3: 1.434,84 €
- Grupos 4 a 7: 1.424,02 €
- Grupos 8 a 11: 47,47 €/día
- Límites del FOGASA
El Fondo de Garantía Salarial establece límites vinculados al SMI:
- Indemnización máxima: 1 anualidad con tope de 2 SMI (34.594,70 € estimados).
- Salario máximo cubierto: 2 SMI diarios durante máximo 120 días.
- Embargos salariales
Hasta 1 SMI → inembargable (0%). A partir de ahí, se aplican tramos progresivos:
- 1 a 2 SMI: 30%
- 2 a 3 SMI: 50%
- 3 a 4 SMI: 60%
- 4 a 5 SMI: 75%
- Más de 5 SMI: 90%
- Carencia de rentas
Para acceder a determinadas prestaciones (RAI, subsidios, etc.) no puede superarse el 75% del SMI:
- Límite 2026: 915,75 €
- Prestación por parto o adopción múltiple
- 2 hijos: 4.884 €
- 3 hijos: 9.768 €
- 4 o más: 14.652 €
Impacto empresarial: puntos críticos de revisión
Desde una perspectiva de compliance laboral y gestión interna, las empresas deberían revisar:
- Nóminas con retribuciones próximas al SMI.
- Complementos vinculados contractualmente al SMI.
- Bases mínimas de cotización.
- Retenciones IRPF tras la exención.
- Límites en embargos y créditos salariales.
Especialmente relevante en sectores con:
- Alta rotación.
- Contratación temporal inferior a 120 días.
- Empleados de hogar.
- Salarios estructurados con múltiples complementos.
Recomendación profesional
La actualización del SMI no se limita a una mera subida salarial. Tiene implicaciones transversales en:
- Cotización.
- Ficalidad
- Embargos
- FOGASA
- Prestaciones públicas.
- Auditoría laboral.
Una revisión preventiva evita:
- Reclamaciones salariales.
- Sanciones en inspecciones.
- Errores en cotización.
- Contingencias en despidos.
En este ámbito, Iurislab Consulting ofrece servicios de:
- Gestión laboral y administración de personal.
- Asesoría jurídico-laboral y cumplimiento normativo.
- Auditoría laboral y optimización interna.
- Externalización de RRHH.
- Digitalización y herramientas de gestión (a3ASESOR RRHH, a3HRgo, a3doc Cloud, portal del empleado).
- Gestión de subvenciones y ayudas.
- Extranjería y movilidad internacional.
Una revisión técnica integral permite adaptar la empresa con seguridad jurídica y eficiencia operativa.
