Recientemente, el Tribunal Supremo ha abordado un caso que plantea dudas importantes sobre la calificación de los accidentes de trabajo “in itinere”: una caída en las escaleras del porche de una vivienda unifamiliar cuando el trabajador se disponía a salir hacia su centro de trabajo. La sentencia aclara cuándo un accidente durante el desplazamiento entre el domicilio y el trabajo puede considerarse laboral, y cuáles son los límites que establece la jurisprudencia.
El caso concreto: accidente en el porche de una vivienda unifamiliar
El hecho se produjo cuando un encargado de obra se disponía a salir de su vivienda unifamiliar hacia el trabajo y sufrió una caída en las escaleras del porche de su casa. El trabajador inició un proceso de incapacidad temporal por contingencias comunes y reclamó que la situación se considerara un accidente laboral. La cuestión llegó hasta el Tribunal Supremo mediante un recurso de casación para la unificación de doctrina.
El debate principal se centró en si un accidente ocurrido antes de que el trabajador haya salido a la vía pública, en el tramo intermedio entre el interior de la vivienda y la calle, puede calificarse como accidente “in itinere”.
Qué se considera accidente “in itinere”
Un accidente se clasifica como “in itinere” cuando se produce durante el desplazamiento entre el domicilio y el centro de trabajo, y su causa directa es la obligación de acudir o regresar del puesto de trabajo. La jurisprudencia establece varios criterios para determinarlo:
- Origen y destino del desplazamiento: el accidente debe estar vinculado directamente al inicio o finalización de la jornada laboral. Esto incluye el domicilio del trabajador y puede abarcar lugares de residencia, estancias o incluso residencias distintas de la residencia principal, siempre que estén relacionados con la actividad laboral.
- Momento cronológico: debe ocurrir en un tiempo inmediato o razonablemente próximo al inicio o fin de la jornada laboral. Retrasos justificados no rompen el nexo causal; desviaciones injustificadas sí.
- Trayecto habitual: el accidente debe producirse en el recorrido que normalmente utiliza el trabajador para ir o volver del trabajo. Se permiten desviaciones razonables, como recoger a un hijo en el colegio, pero no encuentros con amigos o trámites personales que alteren significativamente la ruta habitual.
- Medio de transporte adecuado: el trayecto puede realizarse a pie o mediante un medio de transporte idóneo y seguro. No se considera ruptura del nexo causal la infracción de normas de circulación leves, pero sí imprudencias graves como conducir bajo efectos del alcohol.
La importancia del concepto de domicilio
El Tribunal Supremo distingue entre accidentes en bloques de pisos y viviendas unifamiliares:
- Bloques de pisos: las zonas comunes son de uso colectivo y el trabajador no tiene control exclusivo sobre ellas. Por tanto, los accidentes ocurridos en estas zonas suelen considerarse “in itinere”.
- Viviendas unifamiliares: el trabajador tiene control sobre los espacios y puede minimizar riesgos. Salvo circunstancias excepcionales, los accidentes dentro del recinto privado de la vivienda no se califican como “in itinere”.
En el caso reciente, el trabajador no había salido aún a la vía pública y no concurrían circunstancias que justificaran considerar el accidente como laboral. Por ello, el Tribunal Supremo confirmó que no se trataba de un accidente “in itinere”.
Requisitos y elementos para la calificación de accidente “in itinere”
La doctrina establece cuatro elementos fundamentales:
- Teleológico: la causa del desplazamiento debe ser el trabajo.
- Cronológico: el accidente ocurre al inicio o fin de la jornada.
- Topográfico: el trayecto es el habitual entre domicilio y trabajo.
- Idoneidad del medio: el desplazamiento se realiza por un medio adecuado y seguro.
El incumplimiento de alguno de estos elementos puede impedir que el accidente sea considerado laboral. Cada caso requiere un análisis concreto de los hechos, ponderando especialmente la relación entre la ubicación del accidente y la finalidad laboral del desplazamiento.
A tener en cuenta
Este caso evidencia la importancia de analizar con detalle el lugar y las circunstancias en que se produce un accidente durante el desplazamiento al trabajo. No todos los accidentes ocurridos en el domicilio o en su salida inmediata se consideran “in itinere”, y la calificación dependerá del control del trabajador sobre el entorno y de la conexión directa con la jornada laboral.
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Autor: Carlos Puig.
Publicado el 09 de Septiembre de 2025.